miércoles, 11 de marzo de 2015

REGLAMENTO DEL AULA DE INNOVACIÓN PEDAGÓGICA




REGLAMENTO INTERNO DEL AULA DE INNOVACIÓN PEDAGÓGICA – CENTRO DE RECURSOS TECNOLÓGICOS
2015
ARTICULO I: 
 DISPOSICIONES GENERALES
! Los ambientes del aula de innovación pedagógica y CRT, son exclusivamente para uso pedagógico y/o capacitación de docentes.
! Los servicios pueden ser usados por los estudiantes, personal docente de la I.E., docentes de la RED y/o Instituciones de alianzas estratégicas.
ART.   II:
SERVICIOS
! La atención es de Lunes a Viernes desde las 08:00 horas hasta las 13:00 horas.
! El uso de las computadoras y las XO, videos y de los programas  instalados son  para actividades de carácter   educativo.
!  Buscar información haciendo uso de Internet.
!  Aplicación de la tecnología actualizada en el  aprendizaje significativo.
!  Catálogo de recursos en base a Páginas Web, Videos y Software educativos.
!   Se dispone al servicio de los docentes todos los recursos con que cuenta el AIP (TV,              DVD, VHS, etc.)
! El uso del aula es exclusivamente para labores pedagógicas.
ART. III: 
 LOS USUARIOS
! Los docentes para hacer uso de los servicios del A.I.P y  C.R.T.  deberán registrar la programación del horario de ingreso al A I.P. así como para utilizar los servicios del aula de  C.R.T.
! Las docentes presentarán su sesión de aprendizaje al ingresar al A.I.P. y al aula de C.R.T.
! El personal docente dirigirá la sesión de aprendizaje previamente programada.
! Cualquier uso de A.I.P. y  C.R.T. fuera del horario de clase se hará en coordinación con la Dirección.
! No se permitirá el ingreso de alumnos con mochilas,  ni maletas.
! El docente autorizado para el uso de A.I,P, y C.R.T. es responsable y se compromete a gestionar o resarcir el daño o perdida que se haya producido durante su clase.
! Los alumnos solo ingresarán al A.I.P, y al C.R.T. acompañados por el docente tutor.
! Los alumnos serán responsables de las computadoras y de las XO donde realizan sus trabajos; por ningún motivo se cambiarán de máquina.
! Los alumnos deberán usar correctamente las computadores y las XO,
! Las memorias y las USB. serán analizadas previamente por el antivirus para evitar el ingreso de virus y otros.
! Los alumnos demostrarán orden y buen comportamiento durante la sesión de trabajo.
! Los alumnos mantendrán el aula limpia y ordenada permanentemente.
! El servidor será administrado por la docente de A.I.P. y  C.R.T. para la seguridad de la red mas no será de uso para los docentes y alumnos.
ART.  IV:
DEL DOCENTE DE A.I.P. Y  C.R.T.
! Apoya al docente en la ejecución de las actividades a realizarse en el A.I.P. y  C.R.T.
! Coordinar con los docentes de la I.E. el uso del material didáctico.
! Mantener el inventario actualizado y el almacenamiento ordenado de A.I.P. y C.R.T. elaborar conjuntamente con la sub-dirección el horario de distribución de horas para el uso de A.I.P. y  C.R.T.
! Orientar el proceso de enseñanza –aprendizaje en las A.I.P. y  C.R.T.
! Actualizar el inventario del material curricular digital (Plan Anual, reglamento interno, horario, etc.) programas informativos, videos, etc. En coordinación con los directivos.
ART.  V:
DEL SOFTWARE Y DE LOS EQUIPOS INFORMATICOS
! Se utilizará software autorizados por el MED-DIGETE.
! Los equipos, software educativo y materiales podrán ser utilizados para capacitación de docentes y padres de familia.
ART.  VI:
NORMAS LEGALES
! Directiva Nº 057-2008/DIGETE.
! D.S Nº 016-2007-ED: Creación de la Dirección General de Tecnologías Educativas.
! D.S. Nº 013-2004-ED: Reglamento de Educación Básica Regular.
! D.S. Nº 015-2002-ED: Reglamento de Organización y Funciones de las Direcciones Regionales de Educación y de las Unidades de Gestión Educativa.
! D.S. Nº 007-2007-ED: Crean el Programa Nacional de Formación y Capacitación Permanente.
ART.  VII:
DE LAS SANCIONES
! Los usuarios que malogren o dañen algún equipo de cómputo estarán obligados a reponer  dejándolos en las mismas condiciones.
! Los usuarios reincidentes que ocasionen daños al equipo serán sancionados con una papeleta de suspensión.
ART.  VIII:
MEDIDAS DE SEGURIDAD Y DE HIGIENE
! Los usuarios de la AIP cuidarán de ingresar, ni consumir alimentos en la misma.
! Se evitará en todo momento acciones que puedan ocasionar daño al sistema.
! Los usuarios de A.I.P. y  C.R.T. cuidarán de ingresar a los alumnos con las manos limpias, con el cabello seco y los zapatos limpios.
! Es responsabilidad de los profesores de aula y de los alumnos mantener el A.I.P. y  C.R.T. limpias.



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CURIOSIDADES